Estaba atrapado en el ascensor. ¿Y AHORA?
Si vive en un edificio y usa ascensores constantemente, debe estar preparado para una situación como esta. Puede que nunca suceda, pero si sucede, es bueno estar preparado para recibir la carta.
Por lo general, durante el verano, nuestra región se ve afectada por tormentas eléctricas y tormentas. Esto provoca que tengamos muchas caídas y fluctuaciones en el suministro de energía eléctrica y suelen haber “apagones” que dejan gran parte de la ciudad sin luz.
Es común en este período casos de personas atrapadas en ascensores, pero esto se puede evitar simplemente evitando el uso de ascensores durante tormentas eléctricas y tormentas.
Destacamos que según NBR 16083/2012 solo técnicos de empresas calificadas y del Cuerpo de Bomberos son capaces de rescatar personas atrapadas en ascensores y en situaciones de tormentas y tormentas eléctricas que este servicio puede tomar.
Las estadísticas muestran que la incidencia de accidentes en ascensores está relacionada con actitudes incorrectas en el rescate de pasajeros, así como con el intento del usuario de forzar la salida sin la asistencia de un técnico especializado.
Por lo tanto, seguir algunos consejos básicos puede garantizar su seguridad y aliviar la incomodidad de estar atrapado en el ascensor:
Somos un negocio operado y de propiedad familiar.
Mantenga la calma;
Solicite ayuda con el botón de alarma, el intercomunicador / comunicador o intente llamar a los teléfonos de servicio dentro de la cabina;
Permanezca sentado mientras espera ayuda;
Nunca, bajo ninguna circunstancia, intente dejar el ascensor solo. El equipo podrá volver a funcionar en el momento en que se vaya;
No acepte ayuda de personas que no sean técnicos calificados o el Departamento de Bomberos;
No fuerce las puertas, puede dificultar el rescate posteriormente;
La mayoría de las cabinas cuentan con luces de emergencia que garantizan el suministro eléctrico durante unas horas, incluso en caso de corte de luz;
El ascensor tiene ventilación natural para renovar el aire, pero de hecho hay una restricción, así que evita hablar, especialmente cuando hay más personas atrapadas;
El ascensor está equipado con sistemas de seguridad que evitan la caída libre de la cabina, como el limitador de velocidad y el freno de seguridad, no te preocupes estarás a salvo.
CUIDADO DE TU MASCOTA
El aumento de la población de mascotas en condominios muestra cada vez más el especial cuidado necesario para evitar discusiones e intrigas innecesarias.
Si tienes una mascota en casa, la alegría está garantizada. Además de compañeros y adoradores, las mascotas alegran el ambiente, crean interacciones y enseñan mucho. Sin embargo, para quienes viven en un condominio, tener una mascota en el apartamento requiere más cuidados y es necesario estar atento para no dañar a sus vecinos.
A continuación destacamos algunos datos para ayudar en esta convivencia:
No viaje con su mascota en el piso dentro del condominio, esto evita que orine donde no debería.
Mantén las vacunas actualizadas y protege la salud del perro, la tuya y la de todas las personas que entran en contacto con él.
Prefiere la calle o plazas para pasear, no pasees con tu mascota en el jardín, parque infantil o en el garaje del condominio.
Lleve bolsas de plástico para recoger los desechos de su mascota y nunca le permita orinar en áreas donde las personas y los niños tengan contacto directo. Está prohibido que cualquier animal haga sus necesidades en el área común del condominio.
Si la mascota de un residente hace ruido, antes de presentar una queja, hable con el residente e infórmelo solo si el problema persiste.
Use el sentido común al elegir el animal que compartirá el apartamento con usted. Investigue las razas, el comportamiento y el tamaño del animal antes de decidir.
Algunas razas se consideran peligrosas, como rottweilers, pitbulls, dobermans y colas brasileñas y deben usar bozales. La obligación también es válida dentro del condominio.
El animal debe estar siempre actualizado y sin olores fuertes.
En caso de viaje o mucho tiempo fuera de casa, no deje al animal encerrado en el apartamento. Anótelo en la casa de un familiar, amigo o incluso en un hotel para perros.
Si no hay colaboración del dueño de la mascota, se podrán aplicar multas por incumplimiento de las reglas establecidas por el condominio.
Contribuya para que su hogar sea un ambiente de armonía e integración. Haz tu parte.
COLECCIÓN JUDICIAL DE INCUMPLIMIENTOS
Los cambios en la recaudación judicial de las contribuciones de los condominios prometen acelerar la recaudación de impagos.
Con la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil, han surgido algunos cambios sustanciales en la recaudación judicial de las cuotas de condominio vencidas.
Básicamente, el gran cambio se debe a que el nuevo CPC incluye el aporte del condominio en la lista de títulos ejecutivos extrajudiciales, lo que significa que, a partir de ahora, los condominios ya no necesitan presentar una demanda de cobranza, sino con ejecución judicial. de. título ejecutivo extrajudicial. De esta forma, el deudor solidario ya no será citado para impugnar los hechos y solicitudes presentadas por el acreedor, sino para pagar la deuda o designar bienes para embargo.
Como se muestra a continuación, habrá una reducción considerable en el tiempo requerido para que la cobranza judicial tenga un efecto práctico:
COMPARATIVO:
ANTES DEL NUEVO CPC:
- el deudor es citado para impugnar la acción en 15 (quince) días;
- presentada la impugnación, el Juez abre el plazo de respuesta
- Presentada la contestación, el Juez abre un plazo para la indicación de prueba y manifestación de interés o no en la audiencia de conciliación.
- en caso de interés, el Juez podrá designar la audiencia de conciliación
- si no hay pruebas para presentar, el juez ejecuta la sentencia anticipada del caso en virtud del artículo 330 del CPC, dictando la sentencia
- después de la sentencia, el período de apelación está abierto
- Una vez que la sentencia se ha convertido en cosa juzgada, si no hay apelaciones, comienza la ejecución de la sentencia y luego comienza la fase de ejecución.
- el deudor está citado a pagar dentro de los 15 (quince) días, so pena de multa del 10% sobre el monto actualizado, en los términos del artículo 475-J del CPC
- si no se efectúa el pago, se suma la multa al monto adeudado, se inician los trámites para la constreñimiento de bienes, tales como embargo en línea, embargo de la propiedad, etc.
CON EL NUEVO CPC:
- El deudor será citado para pagar la deuda en 3 (tres) días, y el acreedor ya puede pignorar los bienes en caso de impago.
- si no hay pago dentro del plazo estipulado, el embargo recaerá sobre el bien indicado y se iniciarán otros actos de constricción y enajenación, de ser necesario
Sin embargo, debemos enfatizar que los condominios deben observar las determinaciones legales y convencionales sobre la forma de cobrar la tarifa del condominio. Veamos que el Código Civil en su artículo 1.350 establece que anualmente se debe aprobar un presupuesto de gastos a prorratear para el próximo ejercicio económico. Además, la mayoría de los acuerdos de condominio prevén la aprobación de un presupuesto de gastos que se distribuirá entre los inquilinos. Por lo tanto, los condominios que eventualmente adopten sistemas de prorrateo de gastos realizados en el último mes, o previsión mensual de gastos, deberán adaptarse para aprovechar la velocidad creada por el nuevo CPC.
“El síndico convocará, anualmente, una reunión de la asamblea de los inquilinos, en la forma prevista en el convenio, para aprobar el presupuesto de gastos, las aportaciones de los inquilinos y la rendición de cuentas, y eventualmente elegir al sustituir y cambiar las normas internas ”.
(Artículo 1.350 del Código Civil)
El incumplimiento de las formalidades legales y convencionales para el cálculo y cobro de las contribuciones de condominio dará lugar a la descalificación del crédito de condominio como título ejecutivo extrajudicial, ya que de acuerdo con el Art. 784 inciso X del nuevo CPC, las contribuciones de condominio deben ser previsto en la convención, o aprobado por la junta general, de la siguiente manera:
"CAPÍTULO IV
REQUISITOS REQUERIDOS PARA REALIZAR CUALQUIER EJECUCIÓN
Sección I - Título ejecutivo
Art. 784. Son títulos ejecutivos extrajudiciales:
X - El crédito referido a las aportaciones ordinarias o extraordinarias de un edificio en condominio, previstas en la convención respectiva, o aprobadas por la junta general, siempre que se documenten como prueba ”.
Por tanto, sugerimos que los condominios que adopten un criterio diferente al presupuesto de gastos ordinarios para el año siguiente aprobado por la asamblea, modifiquen la forma de calcular el cobro y prorrateo del aporte del condominio, respetando lo dispuesto en el Código Civil, la Convención de Condominio también del Nuevo Código Procesal Civil para que luego puedan gozar del beneficio de ejecutar directamente el crédito de condominio.
El administrador del condominio cuenta con los recursos para elaborar un presupuesto de los gastos anuales del condominio, previendo los gastos comunes y ordinarios, proyectando los montos necesarios para pagarlos en el próximo ejercicio económico. Luego se debe presentar el presupuesto en la reunión para su aprobación y luego se debe realizar el prorrateo entre los inquilinos y el cobro de las contribuciones mensuales del condominio.